domingo, 6 de mayo de 2012


9. Los niños tienen derecho a la protección contra las minas terrestres
Artículo 38. Canada (Cinar Films). Creado por Greg Bailey. 



10. Los niños tienen derecho a la protección contra todas las formas de explotación y abuso sexuales
Artículo 34. Alemania (Hahn Films). Dirigido por Claudia Collier.


11. Los niños tienen derecho a expresar su opinión libremente
Artículo 12. Estados Unidos. (HBO Animation) Creado por Eileen O'Meara



12. Los niños tienen derecho a la supervivencia y al desarrollo pleno
Artículo 6. Canadá. (National Film Board of Canada) Creado por Bretislav Pojar.


13. Los niños tienen derecho a un hogar
Artículo 27. España. (Neptuno Films) Dibujos animados realizados por Segundo Garcia. Dirigido por Josep Lluise Vicana.


14. Los niños tienen derecho a la intimidad
Artículo 16. Polonia (Telelevisión de Polonia) Dirigido por Aleksandra Korejwo.


15. Los niños tienen derecho a crecer en una familia que les dé afecto y amor
Artículo 20. Estados Unidos. (Columbia Tri-Star Children's Programming) Dirigido por Bill Dennis y John Rice. 

VIDEO

martes, 1 de mayo de 2012

DEBERES DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES


Todos y todas las ciudadanas en nuestro país tenemos derechos que deben ser respetados en todas las instancias, pero así también la Constitución y la legislación secundaria nos dan deberes u obligaciones que debemos cumplir. En este sentido, también los niños, niñas y adolescentes tiene deberes comunes a las y los ciudadanos ecuatorianos, compatibles a su edad y condición, éstos se encuentran establecidos en el art. 64 del Código de la Niñez y Adolescencia y son:

·       Respetar la Patria y sus símbolos
·       Mantener la identidad nacional, respetar la pluriculturalidad, conocer la realidad del país, a ejercer y defender sus derechos y garantías.
·       Respetar los derechos y garantías de los demás.
·  Practicar de valores como respeto, solidaridad, tolerancia, paz, justicia, equidad y democracia.
·         Ser responsables en la educación
·       Ser honestos y responsables en el hogar y en la escuela, colegio o cualquier institución educativa.
·       Respetar a padre, madre, maestros y personas que sean responsables de su educación y cuidado.
·       Cuidar y preservar el medio ambiente y los recursos naturales.

AFICHE DE LA ARMADA EN COLOMBIA

Los niños tienen derecho a ser felices junto a su familia como también a ser amados respetados primero por sus padres y luego por la sociedad.


HISTORIA Y ANTECEDENTES


Los derechos del niño son un conjunto de normas de derecho internacional que protegen a las personas hasta determinada edad. Todos y cada uno de los derechos de la infancia son inalienables e irrenunciables, por lo que ninguna persona puede vulnerarlos o desconocerlos bajo ninguna circunstancia. Varios documentos consagran los derechos de la infancia en el ámbito internacional, entre ellos la Declaración de los Derechos del Niño y la Convención sobre los Derechos del Niño.

Antecedentes

En Estados Unidos, los movimientos por los derechos del niño surgieron durante el siglo 19 con el Orphan Train (un experimento social que buscaba fomentar el transporte de niños de las grandes ciudades de este como Nueva York y Boston hacia el oeste, para crear casas por todo el país). En las grandes ciudades, cuando los padres de niños morían o eran extremadamente pobres, el niño se veía obligado a trabajar para mantenerse o mantener a su familia. Los niños se convertían en trabajadores en fabricas y minas de carbón, las niñas se convertían en prostitutas o chicas de salón o terminaban en talleres de trabajo esclavo. Todos estos trabajos solo pagaban los gastos de alimentación.
La idea de crear los derechos del niño circuló en algunos medios intelectuales durante el siglo XIX. Un ejemplo de ello fue la referencia que hizo el escritor francés Jules Vallés en su obra El niño (1879), y más claramente la reflexión sobre los derechos del niño que realizó Kate D. Wiggin en "Children's Rights"(1892). Se llevó a cabo por iniciativa de la UNICEF el 20 de noviembre de 1959.
En este ambiente receptivo, en las dos primeras décadas del siglo XX circularon varias declaraciones de los derechos del niño, a veces en forma literaria o bien como resoluciones de organizaciones científicas y pedagógicas.
La primera declaración de derechos del niño, de carácter sistemática, fue la Declaración de Ginebra de 1924, redactada por Eglantyne Jebbfundadora de la organización de Naciones el 26 de diciembre de 1924.
Las Naciones Unidas aprobaron en 1948 la Declaración Universal de los Derechos Humanos que, implícitamente, incluía los derechos del niño, sin embargo, posteriormente se llegó al convencimiento que las particulares necesidades de los niños y niñas debían estar especialmente enunciados antes había decidido que el Fondo Internacional de Emergencia de las Naciones Unidas para los niños (UNICEF) continuara sus labores como organismo especializado y permanente para la protección de la infancia (denominándolo oficialmente Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia).
A partir de 1975, con ocasión del Año Internacional del Niño, se comenzó a discutir una nueva declaración de derechos del niño, fundada en nuevos principios. A consecuencias de este debate, en 1989 se firmó en la ONU la Convención sobre los Derechos del Niño y dos protocolos facultativos que la desarrollan:
§  Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía

Derechos del niño

A partir de la promulgación de la Convención de 1989 se ha ido adecuando la legislación interna a los principios contemplados en la Declaración. Aunque la legislación y el sistema jurídico de cada país suele ser diferente, casi la totalidad de los países han ido consagrando medidas especiales para su protección, a nivel legislativo e incluso derechos constitucionales. Entre los Derechos del niño destacan los siguientes:
§  A la vida.
§  A la salud.
§  Al descanso, el esparcimiento, el juego, la creatividad y las actividades recreativas.
§  A la libertad de expresión y a compartir sus puntos de vista con otros.
§  A un nombre y una nacionalidad.
§  A una familia.
§  A la protección durante los conflictos armados.
§  A la libertad de pensamiento, conciencia y religión.
§  A la protección contra el descuido o trato negligente.
§  A la protección contra el trabajo infantil y contra la explotación económica en general.
§  A la educación, que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales.

Defensor del Pueblo como defensor de derechos del niño

Muchos países crearon una institución o comisionado del derecho de los niños adicionado al Defensor del Pueblo, el primer país en implementarlo fue Noruega en 1981. Otros como Finlandia, Suecia, y Ucrania que fue el primer país en instalar país en colocar un niño en ese puesto cuando Ivan Cherevko y Julia Kruk se convirtieron en los primeros defensores de los derechos de los niños en el Defensores del Pueblo para finales de 2005.

Convención sobre los derechos del niño


Las Naciones Unidas en Convención sobre los Derechos del Niño ha indicado los estándares precedentes a los derechos del niño y estos han sido ratificados por todos los países menos dos Estados Unidos y Somalia. La inestabilidad de Somalía a firmar la Convención es un atributo de su falta de estructura gubernamental. La administración de EEUU bajo el gobierno de George W. Bush se opuso a ratificar la Convención y las condiciones legales porque "crean conflicto con las políticas de Estados Unidos en el rol de los padres, soberanía, estado y leyes locales". Sin embargo, la nueva administración busca rever esta oposición a la ratificación. Y también el Protocolo opcional en la participación de niños en conflictos armados en contra de uso militar de niños y el protocolo opcional en la venta de niños, prostitución y pornografía infantil en contra de tráfico de niños, prostitución infantil y pornografía infantil.

DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA

Entregar  la documentación correspondiente para legalizar la matricula. 
Asistir a la inauguración del año lectivo.
Formar el Comité de padres de Familia
Elaborar el plan anual de actividades del comité de padres de familia.
Entregar la lista de útiles.
Enviar diariamente a su hijo/a puntualmente y bien uniformado.
Colaborar con la institución para vela por el bienestar de sus niño/a de forma integral.
Asistir puntualmente las reuniones tanto de carácter pedagógico como Escuela de padres.
Participar activamente en todos los actos sociales y recreativos que organice el plantel.
Respetar los horarios de atención de cada maestra.
Anticipar su presencia a través de una cita previa, para ser atendida correctamente.
Pagar puntualmente los rubros de matrícula, festejos y uniformes. 
Las pensiones cancelar los cinco primeros días de cada mes.

DEBERES Y DERECHOS

Escrito por Centro de Desarrollo Infantil Bilingüe "Londres"

Deberes de los niños
Ayudar a sus compañeros más pequeños, si ellos requieren de sus ayuda y a jugar con ellos.
Cumplir con todas las actividades del horario.
Llegar puntualmente y con su respectivo uniforme.
Traer y organizar su lonchera.
Cuidar de las instalaciones, planticas, juegos mobiliarios y material didáctico.
Usar adecuadamente los baños.
Mantener normas de colaboración y respecto por sus maestras y compañeros.
Participar en las actividades que programen el Centro Infantil.
Ayudar a sus compañeros más pequeños, si ellos requieren de sus ayuda y a jugar con ellos
Cumplir con toda las actividades del horario
Llegar puntualmente y con su respectivo uniforme.
Traer y organizar su lonchera
Cuidar de las instalaciones, planticas, juegos, mobiliario y material didáctico.
Usar adecuadamente los baños.
Mantener normas de colaboración y respecto por sus maestras y compañeros.
Participar en las actividades que programan el Centro Infantil.